La Superintendencia de Control del Poder de Mercado señala que hubo un acuerdo colusorio vertical que benefició a Odebrecht para la construcción de Manduriacu y la reparación del túnel de carga de la hidroeléctrica Pucará.
Punto Noticias.- La Superintendencia de Control del Poder de Mercado multó a la constructora Norberto Odebrecht (actualmente denominada CNO S.A.) con USD 56’755.175,98 y a la Corporación Eléctrica del Ecuador (CELEC EP) con USD 1’339.085,76 por acuerdo colusorio vertical en los procesos de contratación de las hidroeléctricas Pucará y Manduriacu.
Según la Superintendencia, la constructora y la Corporación infringieron el artículo 11, numeral 21, de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM), que prohíbe y sanciona los acuerdos colusorios verticales, efectuados entre operadores económicos, en procesos de contratación pública, cuyas actuaciones hayan sido realizadas al margen de lo previsto en la norma.
El acuerdo colusorio vertical se dio entre las dos entidades, para la construcción de la central hidroeléctrica Manduriacu, así como para la reparación del túnel de carga de la central hidroeléctrica Pucará.
La Superintendencia indicó que las obras fueron adjudicadas por parte de CELEC EP a Odebrecht e incrementaron en USD 130’082.056 el precio a lo largo de su construcción, provocando que se cancelen montos superiores a lo previsto en los presupuestos referenciales.
En el marco de la investigación, la Superintendencia probó la existencia del acuerdo colusorio con el acuerdo de culpabilidad suscrito por el abogado de Odebrecht ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, así como con el acuerdo de colaboración de José Conceição Santos, exdirector superintendente de Odebrecht en Ecuador, ante el Supremo Tribunal Federal de Brasil.
A esta serie de pruebas se sumaron las sentencias ejecutoriadas dictadas por la justicia ecuatoriana; y los informes de legalidad de los proyectos hidroeléctricos Manduriacu y Pucará emitidos por la Procuraduría General del Estado.
De acuerdo a la Superintendencia, el acuerdo direccionaba los contratos a favor de Odebrecht y no permitía que otras empresas puedan competir.
Se dispuso que tanto CNO S.A. y CELEC EP, en el término de los cinco días siguientes de ejecutoriada la resolución sancionatoria, efectúen la publicación de la decisión en sus páginas web institucionales.